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Condenada aseguradora en 44.746,80 € por seguro de vida hipotecario que negaba a los familiares del fallecido
Publicado el 17-03-2019
Rojas-Marcos Abogados logra la condena de Bankia Mapfre Vida que se negaba a abonar a nuestros clientes, viuda e hijos, el seguro de vida hipotecario contratado por su marido y padre fallecido.
Condenada aseguradora en 44.746,80 €  por seguro de vida hipotecario que negaba a los familiares del fallecido
El Juzgado de Primera Instancia nº 68 de Madrid, condena a la aseguradora al abono de 44.746,80 euros. La aseguradora negaba a nuestros clientes indemnización alguna, por fallecer su familiar por un cáncer de pulmón y no haber informado de hábito tabáquico.

Tal y como determina el Juzgado como hechos probados, la realidad es que en el momento de suscripción del seguro el fallecido no fumaba, determinando así mismo que: ”En nuestro criterio, lo determinante en esta materia de ocultación de información es que el tomador del seguro conociendo que padece una enfermedad la oculta y es precisamente esa enfermedad ocultada, o una incidencia directamente vinculada con ella, la que produce la muerte, pues ciertamente en dicho supuesto el riesgo ya había comenzado al tiempo de concertarse la póliza de seguro. Pero en el supuesto que nos ocupa no es esto lo que se produce. El señor fallecido no había tenido antes de producirse la contratación situación alguna en relación con la enfermedad que luego produjo su óbito. Su diagnóstico tiene lugar bastante tiempo después (más de dos años) de producirse la contratación y el hecho de que tuviera hábitos (fumar y beber) que incrementan el riesgo, no por fuerza presuponen que finalmente se desarrolle una concreta enfermedad.”
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